Plan de Igualdad

¿Qué es un Plan de Igualdad?

Los planes de igualdad de las empresas son un conjunto ordenado de medidas, adoptadas después de realizar un diagnóstico de situación, tendentes a alcanzar en la empresa la igualdad de trato y de oportunidades entre mujeres y hombres y a eliminar la discriminación por razón de sexo

¿Quién tiene la obligación de tener un Plan de igualdad?

Las empresas de 50 o más personas trabajadoras tienen la obligación de realizar e implantar un Plan de igualdad debidamente negociado. También tienen esta obligación las empresas, independientemente del número de personas trabajadoras, cuando así se establezca en su convenio colectivo de aplicación o cuando la autoridad laboral hubiera acordado en un procedimiento sancionador la sustitución de las sanciones accesorias por la elaboración y aplicación de dicho plan (Artículo 45 LO 3/2007).
Las Administraciones Públicas están obligadas a respetar la igualdad de trato y de oportunidades en el ámbito laboral y, con esta finalidad, deberán adoptar medidas dirigidas a evitar cualquier tipo de discriminación laboral entre mujeres y hombres. Para ello, las Administraciones Públicas tienen la obligación de realizar Planes de Igualdad con una vigencia máxima de 4 años (Disposición adicional séptima del Estatuto Básico del Empleado Público).

Fases de elaboración de un Plan de Igualdad

01

Negociación

La negociación del Plan de Igualdad es clave, ya que su imposición unilateral podría invalidarlo. Primero, ayudaremos a la dirección a formalizar su compromiso y a comunicarlo a la plantilla mediante la creación de una Comisión Negociadora, compuesta por representantes legales de las personas trabajadoras. En esta comisión, estableceremos el proceso de trabajo, asignaremos responsabilidades y documentaremos los acuerdos. Además, proporcionaremos formación en igualdad a quienes integren la comisión, garantizando un proceso sólido y efectivo.

02

Elaboración Diagnóstico de la situación de igualdad

El diagnóstico de igualdad es el núcleo del Plan de Igualdad y la base para definir medidas eficaces. Desde nuestra consultoría, acompañaremos a la organización en este proceso, recopilando información tanto cuantitativa como cualitativa para garantizar un plan ajustado a la realidad de la entidad. Además, realizaremos la Auditoría Retributiva y el Registro Retributivo correspondiente, ambos obligatorios para empresas con Plan de Igualdad.

03

Elaboración Plan de acción

Una vez finalizado el diagnóstico, definiremos junto a la organización un plan de acción con medidas concretas para eliminar desigualdades y promover la igualdad. Cada acción incluirá su área de aplicación, objetivos, responsables, duración, recursos necesarios e indicadores de evaluación.
Nos aseguraremos de que el plan sea realista y adaptado a la organización, con un presupuesto y una vigencia de hasta cuatro años

04

Aprobación del Plan de Igualdad

Cuando hayamos finalizado tanto el diagnóstico como la planificación de las medidas a implementar, convocaremos una nueva reunión con la Comisión de Igualdad. En este encuentro, presentaremos los principales hallazgos del análisis realizado, así como las acciones propuestas para corregir desigualdades y fomentar un entorno más equitativo. La comisión tendrá la oportunidad de revisar el contenido, plantear sugerencias o ajustes si fuera necesario y, una vez alcanzado el consenso, procederá a la aprobación y firma del Plan de Igualdad, formalizando así su compromiso con su puesta en marcha.

05

Registro del Plan en el REGCON

La última fase del proceso es el registro del Plan de Igualdad, un requisito obligatorio según el Real Decreto-Ley 6/2019. Este registro lo realizaremos en el REGCON, el Registro de Convenios y acuerdos colectivos de ámbito estatal y supraautonómico y, ahora también, de Planes de igualdad. Para inscribir el Plan, será necesario contar con las actas firmadas de la Comisión Negociadora y del diagnóstico, con el documento del plan en versión firmada y sin firmar, y con vuestro consentimiento para que dicho pueda realizarlo nuestro equipo en vuestro nombre.

06

Implantación y seguimiento del Plan de igualdad

La fase de implantación y seguimiento es clave para garantizar que las medidas del Plan de Igualdad se lleven a cabo de manera efectiva. Para ello, crearemos una Comisión de Seguimiento, encargada de supervisar su aplicación, evaluar avances y proponer ajustes si es necesario. Esta comisión revisará periódicamente los indicadores de cumplimiento y elaborará informes de seguimiento. Con este proceso, aseguramos que el plan no quede en papel, sino que genere un impacto real en la organización.

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Preguntas Frecuentes sobre los Planes de Igualdad