Registro retributivo y Auditoría retributiva
Igualdad retributiva en las entidades
En España, la igualdad salarial entre mujeres y hombres está respaldada por una sólida base legal. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, establece en su artículo 28 que la persona empresaria está obligada a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo.
Posteriormente, el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, introdujo medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y oportunidades en el empleo y la ocupación, ampliando la obligatoriedad de los Planes de Igualdad a empresas con 50 o más personas trabajadoras.
Además, el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, profundiza en la igualdad retributiva, estableciendo mecanismos para identificar y corregir la discriminación salarial y promoviendo la transparencia en las estructuras salariales.
Estas normativas, en conjunto, buscan asegurar que hombres y mujeres reciban una remuneración equitativa por trabajos de igual valor, eliminando cualquier forma de discriminación salarial por razón de sexo.
¿Qué obligaciones hay en materia de igualdad?

Registro Retributivo

Auditoría Retributiva
Tanto con el Registro Retributivo como con la Auditoría Retributiva, se pretende alcanzar el principio de transparencia retributiva
Este principio tiene por objeto la identificación de discriminaciones, en su caso, tanto directas como indirectas.
Particularmente las debidas a incorrectas valoraciones de puestos de trabajo, lo que concurre cuando desempeñado un trabajo de igual valor, se perciba una retribución inferior sin que dicha diferencia pueda justificarse objetivamente con una finalidad legítima y sin que los medios para alcanzar dicha finalidad sean adecuados y necesarios.
En este sentido, resulta clave realizar una valoración de los puestos de trabajo acorde a una serie de factores objetivos que nos permitan valorar y comparar cada uno de los puestos de trabajo de la organización
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Diferencias entre Registro Retributivo y Auditoría Retributiva:
Registro Retributivo
¿Qué es un Registro Retributivo?
El registro retributivo es un análisis que incluye los valores medios de los salarios, los complementos salariales y las percepciones extrasalariales de la plantilla, desagregados por sexo y distribuidos conforme a lo establecido en el artículo 28.2 del ET.
¿Quién tiene la obligación de tener un Registro Retributivo?
De conformidad con lo establecido en el artículo 28.2 del Estatuto de los Trabajadores, todas las organizaciones deben tener un registro retributivo de toda su plantilla, incluido el personal directivo y los altos cargos.
¿Cada cuánto tiempo hay que actualizar el Registro Retributivo?
El periodo temporal de referencia será con carácter general el año natural, por lo que se deberá actualizar cada año.
Auditoría Retributiva
¿Qué es una Auditoría Retributiva?
La auditoría retributiva es un análisis que tiene por objeto obtener la información necesaria para comprobar si el sistema retributivo de la entidad, de manera transversal y completa cumple con la aplicación efectiva del principio de igualdad.
Para ello deberá reflejar las medias aritméticas y las medianas de las agrupaciones de los trabajos de igual valor, conforme a los resultados de la valoración de puestos de trabajo.
¿Quién tiene la obligación de tener un Registro Retributivo?
Las entidades que elaboren un plan de igualdad obligatoriamente deberán incluir en el mismo una auditoría retributiva.
¿Cada cuánto tiempo hay que actualizar el Registro Retributivo?
La auditoría retributiva tendrá la vigencia del plan de igualdad del que forma parte, salvo que se determine otra inferior en el mismo.
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