Registro retributivo y Auditoría retributiva
Igualdad retributiva en las entidades
En España, la igualdad salarial entre mujeres y hombres está respaldada por una sólida base legal. La Ley Orgánica 3/2007, de 22 de marzo, para la igualdad efectiva de mujeres y hombres, establece en su artículo 28 que «el empresario está obligado a pagar por la prestación de un trabajo de igual valor la misma retribución, sin que pueda producirse discriminación alguna por razón de sexo».
Posteriormente, el Real Decreto-ley 6/2019, de 1 de marzo, introdujo medidas urgentes para garantizar la igualdad de trato y oportunidades en el empleo y la ocupación, ampliando la obligatoriedad de los planes de igualdad a empresas con 50 o más trabajadores.
Además, el Real Decreto 902/2020, de 13 de octubre, profundiza en la igualdad retributiva, estableciendo mecanismos para identificar y corregir la discriminación salarial y promoviendo la transparencia en las estructuras salariales.
Estas normativas, en conjunto, buscan asegurar que hombres y mujeres reciban una remuneración equitativa por trabajos de igual valor, eliminando cualquier forma de discriminación salarial por razón de género.
¿Qué obligaciones hay en materia de igualdad?
REGISTRO RETRIBUTIVO
AUDITORÍA RETRIBUTUVA